AMERICANS UNDER TAXATION: YOU THE NEXT

Despacho Lamo De Espinosa:

12 junio, 2016

Fiscal

Los EEUU son el anti-paradigma de la fiscalidad mundial en relación a como fiscalizar a sus residentes. Los EEUU es el único país desarrollado del mundo que grava a sus nacionales por el mero hecho de serlo, sin tener en cuenta si residen o no en el territorio de los EEUU. La misma concepción del Imperio Romano cuyo derecho se aplicaba allí donde se encontrara un ciudadano romano.

Si usted ha nacido en los EEUU, usted está obligado a presentar una declaración de impuestos de por vida, con la única excepción que haya renunciado a su ciudadanía o que se encuentre por debajo del mínimo exento (que estos casos es muy bajo)

Si usted nació fuera de los EEUU pero adquirió la nacionalidad por cualquier razón, o recibió el permiso de residencia permanente en los EEUU (conocida como “Green-Card”), está sometido al conjunto de obligaciones fiscales como cualquier otro ciudadano.

Si no nació en los EEUU, ni adquirió la ciudadanía americana, ni tiene el permiso de residencia permanente en los EEUU, aun así, podría ser considerado “residente fiscal de los EEUU”, arrastrando todas las obligaciones fiscales como cualquier otro americano. ¡¡¡Y usted sin saberlo!!!

Las obligaciones fiscales de los ciudadanos (y asimilados) de los EEUU les persiguen allí donde vayan, terminando sólo cuando se renuncia a la ciudadanía. No importa que no tenga rentas procedentes de los EEUU. No importa si desde que nació no ha vuelto. No importa si no tiene pasaporte o número social, estará sometido a impuestos (y otras obligaciones fiscales adicionales) por su el mero hecho de su condición, no por cuestiones de residencia física.

En resumen, si en su DNI aparece que nació en los EEUU, tiene un pasaporte de los EEUU, o tiene la tarjeta “Green-Card”, USTED ESTÁ SOMETIDO A LA FISCALIDAD DE LOS EEUU mientras no cambie su estatus (usted es americano en primer lugar, y después lo que sea que sea). Incluso, sin cumplir el perfil anterior, si permanece en el territorio durante un número de días determinados, también será considerado residente a efectos fiscales.

Si usted está en cualquiera de las situaciones anteriores, es muy posible que tenga un problema a muy corto plazo. Si el IRS le pregunta……… puede darse por …………., ya no habrá opción a la “redención”.

Para su tranquilidad, nosotros estamos a su disposición para contestar a sus cuestiones en relación a este tema y otros similares relacionados con Fiscalidad de los EEUU. Contacte con nosotros, es posible que esta sea su última oportunidad.

 

Diego E Alarcón

IRS Enrolled Agent

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